lunes, 11 de diciembre de 2017

MOVILIDAD GEOGRÁFICA

SENTENCIAN A BANKIA POR UNA MOVILIDAD GEOGRÁFICA NO PACTADA

Los tribunales dan la razón a CCOO-Bankia contra la movilidad geográfica no pactada de una trabajadora. Una sentencia judicial que ratifica lo que CCOO defiende:
  • La movilidad geográfica a más de 25 kilómetros tiene que estar acordad por las partes, empresa y la trabajadora o trabajador. No puede ser impuesta.
  • Se obliga a Bankia a abonar el kilometraje y las dietas correspondientes a casi dos años de una clara comisión de servicios no reconocida por la empresa en este tiempo.
  • Se reconoce el derecho de la persona afectada a disfrutar de 4 días de permiso por cada periodo de tres meses que ha permanecido desplazada.
  • La reconocida ahora comisión de servicio tiene el límite de un año, según estipula el Convenio Colectivo, y por ello ya ha sido reincorporada a su plaza de origen.
Cuando no se atiende a razones, se incumple la normativa y no se respetan los derechos de las trabajadoras y los trabajadores, CCOO recurre a los tribunales, como hemos hecho en más de un centenar de ocasiones, sólo en los dos últimos años.

ESTAMOS CCOONTIGO

Porque son muchas las razones, afíliate a CCOO

No hay comentarios: